Fecha de actualización: 09 de enero de 2024

Es información fundamental, obligatoria para todos los sujetos obligados, la siguiente

Fracción I. La necesaria para el ejercicio del derecho a la información pública,

Fracción II. La información sobre el marco jurídico aplicable al y por el sujeto obligado

Fracción III. La información sobre la planeación del desarrollo, aplicable al y por el sujeto obligado.

Fracción IV. La información sobre la planeación estratégica gubernamental aplicable al y por el sujeto obligado.

Fracción V. La información financiera, patrimonial y administrativa.

Fracción VI. La información sobre la gestión pública.

Fracción VII. Las versiones públicas de las resoluciones y laudos que emitan los sujetos obligados, en procesos o procedimientos seguidos en forma de juicio y que hayan causado estado;

Fracción VIII. Los mecanismos e instrumentos de participación ciudadana que puedan acceder o ejercer ante el sujeto obligado.

Fracción IX. La información pública ordinaria, proactiva o focalizada que considere el sujeto obligado, por sí o a propuesta del Instituto.

Fracción X. Las condiciones generales de trabajo, contratos o convenios que regulen las relaciones laborales del personal de base o de confianza, así como los recursos públicos económicos, en especie o donativos, que sean entregados a los sindicatos y ejerzan como recursos públicos.

Fracción XI. Los estudios financiados con recursos públicos.

Fracción XII. Los ingresos recibidos por cualquier concepto señalando el nombre de los responsables de recibirlos, administrarlos y ejercerlos, así como su destino, indicando el destino de cada uno de ellos.

Fracción XIII. El catálogo de disposición y guía de archivo documental.

Fracción XIV. La demás información pública a que obliguen las disposiciones federales y la Ley General de Contabilidad Gubernamental, así como aquella que se genere por la ejecución del gasto público con recursos federales.

Artículo 16-Quárter. Información fundamental – Sindicatos.