Fecha de actualización: 09 de enero de 2024

Los sindicatos que reciban y ejerzan recursos públicos deberán mantener actualizada y accesible, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de Internet, la información obligatoria para todos los sujetos obligados, la señalada en el artículo anterior y la siguiente:

I. Contratos y convenios entre sindicatos y autoridades, así como las condiciones generales de trabajo;

II. El directorio del Comité Ejecutivo;

III. El padrón de socios;

Consulta los Estatutos del Sindicato del Sistema DIF Tonalá